sábado, 22 de agosto de 2015

JUSTICIA vs LEGALIDAD

JUSTICIA vs LEGALIDAD
En el ámbito judicial, siendo o no abogados, hablar de JUSTICIA nos remota a la idea de leyes, de la aplicación de la normatividad, pues es armonioso,  causa paz y felicidad pensar que cuando una autoridad, llamada Juez, Ministerio Publico, Magistrado, Ministro, etc. aplica la ley, automáticamente se está impartiendo Justicia.
Lo lamentable de la realidad hoy en día, es que  con tanta diversidad de creencias, de personalidades, de situaciones creadas, el alcance del contenido de la norma no es suficiente para que la justicia sea el remedio, pues un artículo de la ley puede contemplar una situación para otorgar facultades o crear responsabilidad, llámese penal, contractual, civil o familiar, pero las circunstancias que rodean al hecho son claramente justificadas para que un ser humano, haya actuado de determinada manera, podemos citar algunos ejemplos que en la práctica se observan como que un padre o madre de familia, se compromete y firma créditos con interés exorbitante, sin embargo no tenga opción para absorber pagos de salud, comida, vestido, y cuando es demandado por no dar cumplimiento al pago, la ley no le da la oportunidad de salirse de sus límites, pues él se comprometió a tal situación; También podemos hablar de la cuestión penal - de una persona que se le pretende atribuir responsabilidad penal, por personas con poder, al no caerle bien y fabricando probanzas, que el sujeto a proceso, por desconocimiento, por falta de recursos, por nervios, por descontrol, no aporta medios que pudieran liberarlo de la imputación, por lo que corre la suerte que la norma penal y procesal penal le sujeto a términos fatales que implican su libertad o su condena, y si bien se podría objetar este último ejemplo con la figura del defensor, en muchas ocasiones aun siendo abogado particular no se comprometen con un estudio del caso y aportación elocuente de probanzas- no obstante- si el asunto está en manos de una autoridad, esta puede verificar las circunstancias exaltando el principio pro persona.
Entonces la aplicación de la ley no garantiza la justicia, lo que lo podría garantizar su esencia y su aplicación es contar con personas autorizadas por la nación (Juez, Ministerio Publico, Magistrado, Ministro) y no solo funcionarios, ciudadanos,  todos de carácter ético, íntegros y con hambre y sed de un mundo mejor que humanicen la aplicación de la ley, pues  conociendo los pormenores de un asunto, se busque la realidad y argumenten más allá de la ley, exaltando principios de derechos humanos, que implican la dignidad, la igualdad, la fraternidad, la entereza, evidenciando la negligencia, el poderío, la prepotencia, el abuso,  para conocer en contexto el porqué de una acción u omisión y que consecuencias entonces sí o no debe generar el hecho.
Tengo muy presente los valores que trata de decir el Código Civil Mexicano al referirse a la explotación o abuso contra quien se le considera de suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria, lo que implica entre líneas, que existe esa desproporcionalidad de los que abusan de otros con menos capacidades, además refiere que el silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no autorizan a los jueces o tribunales para dejar de resolver una controversia, con esto,  es un llamado a que valoremos a quien tenemos enfrente, cuales son las circunstancias y se haga un análisis racional, lógico jurídico para llegar a una determinación JUSTA, no verdaderamente justa, pues la justicia solo tiene un valor.
Todos estamos expuestos a la espera de la Justicia de nuestras autoridades, y cuando somos autoridades, debemos corresponder a los anhelos de quien acude a solicitarla.

Efectivamente hay principios de justicia superiores a la contingencia de los hechos, humanicemos, todos,  la interpretación de la norma a fin de que la justicia y la legalidad no se contrapongan, sino juntos le den sentido a la vida.

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