domingo, 22 de noviembre de 2015

¿SE PUEDE ALCANZAR LA JUSTICIA SIN LOS DERECHOS HUMANOS?

Los derechos humanos nos brindan unos mínimos derechos frente a la autoridad, sin embargo la pregunta radica ¿si se puede alcanzar la justicia sin los derechos humanos? – la idea general ha sido que los derechos humanos son indispensables para alcanzar a la justicia, y hay quienes incluso manifiestan que no se puede alcanzar el orden, la paz, la justicia sin el derecho. El estudio de la conducta humana implica un método – se necesita un orden de conducta- El punto ideal de la justicia es que sea alcanzable, no se puede contraponer la dignidad contra la autoridad. Los derechos humanos como un objeto desarrollador- de ahí que no solo es la justicia la que se desarrolla, también la seguridad, la igualdad, la dignidad. Cuales valores tienen peso abstracto- se determina de las condiciones históricas, etc.- hoy en día se dice que la dignidad es el valor supremo lo que antes era la vida Le cargamos mucha responsabilidad a los derechos humanos sin embargo los derechos humanos implican violación de una autoridad a un particular. Un ejemplo es el caso de la dignidad humana- es un bien jurídicamente tutelado y en el caso de que exista discriminación, - Si esta fue realizada por un particular es un delito- Si es realizada por la autoridad entra en el área de derechos humanos en sus obligaciones (planes programas y políticas publicas) Por lo anterior no se puede alcanzar la justicia solo a través de los derechos humanos, cada uno es responsable de vivir el ideal. Somos seres humanos en convivencia y hasta ahora no existe distinción que justifique que unos sean mejores que otros o que podamos humillar, sobajar o violar derechos inherentes a la humanidad, pues somos humanidad.

domingo, 15 de noviembre de 2015

LOS GRANDES TEMAS DE LOS DERECHOS HUMANOS

Nuestra condición del hombre, el hecho de pertenecer a la raza humana nos otorga una serie de derechos y libertades que deben ser cuidados y respetados por todos y todas en un mundo por igual, estos derechos humanos, pueden ser, el derecho a la libertad, a la seguridad de la persona, no discriminación, salud, educación, entre muchos otros. Hablar de los derechos humanos es un tema obligado en todos los foros jurídicos nacionales como internacionales. En un estudio integral del tema de derechos humanos deben tomarse grandes temas para tratar de abarcarlos de una manera integral como podría ser: Concepto- en este rubro debe verificarse ambos términos que lo conforman como el derecho y la humanidad, además de conocer la naturaleza de la palabra compuesta, pues no solo se refiere a personas físicas sino también morales. Concepto de fundamentación de los derechos humanos- en este apartado de manera enunciativa podemos hablar de: la fundamentación ético- jurídica o iusfilosofica, cuyo estudio corresponde a la filosófica del derecho Fundamentación jurídico positiva, cuyo estudio corresponde a la ciencia jurídica. la fundamentación jurídico – política, cuyo estudio corresponde a la filosofía política. Fundamentación ético-religiosa, cuyo estudio corresponde a las diversas religiones. En el pensamiento cristiano corresponde su estudio a la Teología Moral. Dimensiones- conocerlos desde el punto de vista del valor (iusnaturalismo) y como hecho (realismo). Origen y evolución histórica de los derechos humanos- conocer los diversos elencos constitucionales que se presentan y como han aparecido en escena. Clasificación – según su sujeto, a quien le recayó obligación Catálogo o elenco constitucional – tratar sobre los derechos individuales y dentro de ellos los civiles y políticos- en los derechos colectivos tenemos los sociales, los económicos y los culturales y los de solidaridad internacional, y en todo este apartado deberá reflexionarse sobre el tipo de obligación, violación y protección que genera cada rubro. Eficacia (protección)- analizar el control difuso y concentrado – la convencionalidad y la constitucionalidad Reforma 2011- dentro del cual hay que estudiar el principio pro homine, en su aspecto de armonización e interpretación – el control de convencionalidad- y el control difuso. Como se puede advertir los grandes temas de los derechos humanos implican una globalización, a fin de conocer su naturaleza, génesis, transformación, evolución, protección – sin embargo todo es sin perder de vista la razón de ser que es el ser humano, mismo- que lo que se espera no es toda la normatividad que conlleva el termino, sino evitar, todas las injusticias que un ser comete sobre otro ser y que se dan en todas partes del mundo, en todos los tiempos, en todos los extractos sociales, y que nos horrorizan por que parece imposible conocer situaciones de dignidad como si unos fueran los dioses de la tierra, sin naturaleza ser humano, que justifique la ausencia de dolor ajeno.

viernes, 6 de noviembre de 2015

EL VERDADERO SENTIDO DEL PRINCIPIO PRO HOMINE

Pro homine significa del hombre Pro personae se refiere a la persona Para utilizar el principio se dan dos supuestos 1- Preferencia normativa- es un método a la solución de antinomia a fin de ver que norma es la más favorable y en esta utilidad se atiende a: a) La jerarquía b) Espacialidad c) Temporalidad d) Prohomine En este punto se visualiza el hecho de que prevalezca una norma que otorgue más derechos, o que amplié el contenido de un derecho especifico o que sea menos restrictiva de derechos. 2- Preferencia interpretativa- en la preferencia interpretativa tiene que haber métodos de interpretación normativa que establece la ciencia del derecho En la práctica jurídica lamentablemente se ha estado mal utilizando el principio pro homine, esto es, se pretende en su nombre interponerlo ante cualquier autoridad y en cualquier juicio y por cualquier motivo, esperando que la autoridad haga concesiones por el solo hecho de que es ser humano. Los operadores del derecho han pretendido anunciar el principio en estudio a diestra y siniestra, y lo peor del caso, es que nuestras autoridades no limitan la utilización al no contestar en término a los peticionarios del mismo en el rigor jurídico que se merece, inclusive por desconocimiento pleno de la figura. Como se ha observado el principio pro homine, solo es aplicable cuando aparecen antinomias, o colisión de normas y se enaltece el principio a fin de que se opte por lo más favorable, que pudiera ser ampliar el contenido de un derecho especifico, o bien aplicar una norma menos restrictiva de derechos o que otorgue más derechos El principio PRO HOMINE no es para hacer milagros, sino de que exista dos normas en conflicto. El trabajo consiste que la autoridad a la que se le solicita se pronuncie en términos del principio a estudio, haga una ponderación de las normas en conflicto y de manera profesional argumente el porqué es procedente aplicar la legislación por la que opte. Es verdad que estamos en una época de concientización del derecho, donde la dignidad humana es el valor protegido en nuestras leyes, solo que cada figura jurídica que exalta nuestra constitución, tiene un fundamento, un momento y una o varias hipótesis para ser efectivo el derecho de quien pretende que le asista. El principio pro homine es un principio hermenéutico que nos ayuda en la selección de la interpretación. El principio pro homine no es un problema de jerarquía La impartición de justicia es un privilegio cuya facultad pocos detentan, de ahí, que el debido respeto, aplicación y honorabilidad en su ejecución implica su minucioso estudio por parte de todos los operadores del derecho, a fin de causar el impacto esperado por todos los seres humanos que vivimos bajo las alas de su esperanza del ser.